La pena de muerte se entiende como la muerte provocada a un condenado por parte del estado, como una medida ejemplarizante a quien incumpla una norma establecida por la ley. La pena de muerte como castigo se remonta a los principios mismos de la humanidad y siempre ha sido parte de los sistemas judiciales de todas las épocas.
En nuestro país la pena de muerte se aplicó desde la época precolombina y durante la dominación española y continuó hasta después de la independencia , ya que todas las constituciones del siglo XIX , con excepción de 1863, , desconocieron la protección de la vida como un derecho fundamental. En 1849 fue abolida para los delitos políticos de sedición , rebelión , traición y conspiración y mediante el acto legislativo número 3 de 1910,abolida de manera definitiva. En diversos períodos se ha atratado de revivirla , pero siempre ha encontrado opositores que la consideraban como la forma mas infame y retrograda del Estado para sancionar a los delincuentes. Si bien es cierto que la iglesia varias ONG y muchas personas no estan de acuerdo con la pena de muerte debido a muchas razones, entre ellas, los derechos humanos, el respeto a la vida entre otros. Es entonces donde preguntamos, si asesinos como Garavito que violan y matan a más de 150 niños, o el Señor Orlando Pelayo que fue capaz de mandar a matar a su propio hijo de 11 meses resulta cruel. ¿Es entonces justo que este tipo de personas a pesar de las barbaridades cometidas aún sigan contando con el derecho a su vida cuando le arrebataron ese mismo derecho a otros...? También es cierto que a los familiares de seres humanos asesinados con barbarie, con humillación a estos padres de niños que han sido violados y asesinados, secuestrados a ellos nadie le devolverá a su ser querido.
Pero también hay que preguntarnos si la Rama Jurisdiccional cuenta con suficientes recursos humanos , presupuestales , cientificos y técnicos y tecnológicos para aplicar una oportuna y eficaz justicia ?. Pienso que en la actualidad concedérsele a la Rama Jurisdiccional la facultad de imponer la pena de muerte se constituitía en un peligro, pues en la practica solo observamos injusticias , desconocimiento e incomprensión a las normas vigentes, unido a la apatía y casos de corrupcion de algunos miembros de la Rama Judicial.
La peticion de pena de muerte es un asunto serio, en el que hay que estudiar el fenomeno juridíco, histórico y social que implica para nuestro Estado la reimplantación de la pena de muerte que tiene consecuencias irreversibles y que un error seria fatal.
En nuestro país la pena de muerte se aplicó desde la época precolombina y durante la dominación española y continuó hasta después de la independencia , ya que todas las constituciones del siglo XIX , con excepción de 1863, , desconocieron la protección de la vida como un derecho fundamental. En 1849 fue abolida para los delitos políticos de sedición , rebelión , traición y conspiración y mediante el acto legislativo número 3 de 1910,abolida de manera definitiva. En diversos períodos se ha atratado de revivirla , pero siempre ha encontrado opositores que la consideraban como la forma mas infame y retrograda del Estado para sancionar a los delincuentes. Si bien es cierto que la iglesia varias ONG y muchas personas no estan de acuerdo con la pena de muerte debido a muchas razones, entre ellas, los derechos humanos, el respeto a la vida entre otros. Es entonces donde preguntamos, si asesinos como Garavito que violan y matan a más de 150 niños, o el Señor Orlando Pelayo que fue capaz de mandar a matar a su propio hijo de 11 meses resulta cruel. ¿Es entonces justo que este tipo de personas a pesar de las barbaridades cometidas aún sigan contando con el derecho a su vida cuando le arrebataron ese mismo derecho a otros...? También es cierto que a los familiares de seres humanos asesinados con barbarie, con humillación a estos padres de niños que han sido violados y asesinados, secuestrados a ellos nadie le devolverá a su ser querido.
Pero también hay que preguntarnos si la Rama Jurisdiccional cuenta con suficientes recursos humanos , presupuestales , cientificos y técnicos y tecnológicos para aplicar una oportuna y eficaz justicia ?. Pienso que en la actualidad concedérsele a la Rama Jurisdiccional la facultad de imponer la pena de muerte se constituitía en un peligro, pues en la practica solo observamos injusticias , desconocimiento e incomprensión a las normas vigentes, unido a la apatía y casos de corrupcion de algunos miembros de la Rama Judicial.
La peticion de pena de muerte es un asunto serio, en el que hay que estudiar el fenomeno juridíco, histórico y social que implica para nuestro Estado la reimplantación de la pena de muerte que tiene consecuencias irreversibles y que un error seria fatal.
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JUAN LEGUIA ANDRADES


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